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Por otra parte, el personal que sea llamado a atender provisionalmente esta docencia precisa de la cobertura de la Seguridad Social, que sólo puede derivarse de una relación profesional contractualmente articulada. Por ello, y con el fin de articular un procedimiento flexible que preste amparo normativo a la selección urgente de profesorado para estos supuestos excepcionales, garantizando la idoneidad del suplente, se establecen las siguientes normas: Primera.- En casos de extraordinaria y urgente necesidad, bien por nuevas necesidades docentes sobrevenidas, o bien porque se produzca una vacante accidental en una plaza docente (baja por enfermedad o maternidad, suspensión provisional, excedencia por cuidado de hijos y otros supuestos de cese temporal o definitivo en la actividad de un profesor) que le imposibilite para la impartición de la docencia que le corresponde en el Plan Docente aprobado, y siempre que no pueda ser atendida por el restante personal del Área de Conocimiento, podrán formalizarse contratos de personal docente laboral temporal en los términos previstos en la legislación vigente, de acuerdo con el procedimiento previsto en la presente Normativa y respetando estrictamente lo establecido en la norma segunda. Segunda.- En los casos de ausencias menores de un mes del profesor que imparte la asignatura por una causa justificada, el profesor responsable suplente o el resto de los docentes que colaboren en la impartición de la asignatura deberán asumir sus obligaciones docentes. En los casos de ausencias mayores de un mes por causa justificada, el profesor responsable suplente o el resto de los docentes que colaboran en la impartición de la asignatura deberán asumir las obligaciones docentes del responsable si no rebasan el 80% de la capacidad docente, en cuyo caso se incorporarán al plan docente de la asignatura otros docentes del área de conocimiento que no rebasen dicho porcentaje, aunque excepcionalmente podrán aplicarse condiciones compensatorias en relación con la actividad investigadora, que en todo caso deberán ser valoradas por el Vicerrectorado competente en materias de Profesorado. En el caso de que todos los docentes del área de conocimiento sobrepasen el 80% de la capacidad docente (revisado y asignado por el Vicerrectorado competente en materias de Profesorado), el Departamento podrá solicitar la contratación temporal de un profesor para cubrir dicha docencia. Tercera.- La solicitud de formalización de este tipo de contratos será efectuada mediante escrito del Director del Departamento dirigido al Vicerrector competente en materia de Profesorado, expresando: a) Las necesidades académicas que deben atenderse; b) La causa que las origina; c) y la imposibilidad razonada y documentada del área de conocimiento de atender transitoriamente la docencia, de acuerdo con los porcentajes de capacidad docente establecidas en la norma segunda. Cuarta.- Procedimiento de selección y cobertura Cuando se acuerde la cobertura de una de estas plazas, la selección y cobertura se realizará de la siguiente forma: Cuarta.1. Bolsas de Trabajo. 1.1. Si existe una Bolsa de Trabajo aplicable, será contratado el primer integrante de la misma. 1.2. Se consideran Bolsas de Trabajo aplicables las siguientes, por el orden de preferencia en que figuran: a) Relación de Suplentes u orden de prelación de aspirantes formulados por las Comisiones de Selección de plazas de personal docente laboral temporal o funcionario interino, que incluirán aquellos aspirantes que, habiendo obtenido valoración suficiente a juicio de la Comisión de Selección del Profesorado para el desempeńo del puesto, no resultaron adjudicatarios de la plaza convocada. b) Relación de Suplentes u orden de prelación de aspirantes, formulados por las Comisiones de Selección de plazas de personal docente laboral fijo, que incluirán aquellos aspirantes que, habiendo obtenido valoración suficiente a juicio de la Comisión de Selección del Profesorado para el desempeńo del puesto, no resultaron adjudicatarios de la plaza convocada. 1.3. Estas Bolsas de Trabajo deben corresponder a plazas que tengan características similares a las de la plaza a cubrir: Departamento, Área de conocimiento y, en su caso, perfil docente. A estos efectos, no se tendrá en cuenta la categoría de la plaza a la que corresponda la Bolsa de trabajo. En caso de no existir integrantes de una bolsa de trabajo del mismo perfil y área de conocimiento, se utilizarán otras bolsas de la misma área de conocimiento, ordenándose los integrantes por la mayor puntuación obtenida en el correspondiente concurso. En todo caso, los integrantes de la bolsa deberán reunir los requisitos exigidos para la categoría de la plaza y tipo de contrato de que se trate. 1.4. La Bolsa de Trabajo deberá ser del curso académico en que se produce la necesidad de contratación, o, en su defecto, del inmediatamente anterior. En cualquier caso, una Bolsa posterior tiene preferencia sobre las anteriores de idénticas características. Cuarta. 2. Convocatoria pública 1. Si no existe Bolsa de Trabajo aplicable, o no hay personal disponible en ella, la Universidad de León podrá convocar la plaza por urgencia, mediante la publicación de la convocatoria en el tablón de anuncios del Rectorado y del Departamento afectado, así como en la página Web de la Universidad, concediéndose un plazo de dos días hábiles para la presentación de solicitudes y de la documentación requerida. 2. El baremo de méritos a utilizar es el previsto en el Reglamento de los concursos para la provisión de plazas de personal docente e investigador contratado temporal y funcionario interino, con la excepción de que la entrevista pública a la que se hace referencia en el apartado 7 del baremo, por razones de urgencia, no será obligatoria. 3. La Valoración de dichos méritos la efectuará la Comisión Técnica de Baremación del Área de conocimiento, de acuerdo con las necesidades académicas que deben atenderse, elevándose la propuesta oportuna al Vicerrector competente en materias de Profesorado, quien resolverá, previa consulta al representante del Comité de Empresa. Quinta.- Sea por Bolsa de Trabajo o por convocatoria pública, si el aspirante seleccionado no comparece en la fecha que se establezca para la formalización del contrato y el inicio de la actividad, dada la urgencia de las contrataciones y la imposibilidad de diferir el inicio de la prestación del servicio, decaerá en sus derechos sin más trámite, y se adjudicará el contrato al siguiente que proceda. Sexta .- El contrato incluirá una cláusula en que se exprese que la relación se extinguirá tan pronto desaparezcan las circunstancias que aconsejaron su celebración, tales como el reingreso de la persona sustituida, la suficiencia del profesorado del Área de conocimiento para atender las necesidades académicas, la cobertura definitiva de la plaza o la finalización de la tarea docente sobrevenida. De estas contrataciones se informará anualmente al Consejo de Gobierno de la Universidad. Esta normativa, que sustituye al acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 10 de mayo de 1996, modificado por el propio Consejo en su sesión de 25 de septiembre de 2002, entrará en vigor a partir del día siguiente al de su aprobación por el Consejo de Gobierno de la Universidad de León, debiendo ser publicado en el BOULE y en la página Web de la Universidad de León.     Profesorado. Vacantes accidentales PAGE 2 PAGE 1 MANUAL DE NORMAS.RECTORADO.UNIVERSIDAD DE LEÓN ~ŚŮâăî ď ř ×Ř)-™o 6}ľ =ˇŘÚ ­ľš! # # #######9#:#;#A#B#C#D#E#G#H#N#O#P#Q#R#S#÷đ÷ĺ÷ă÷ĺ÷ăă÷Ö÷ŃăÍăÍăÍăÍăŃÉăŃÉŃăÉÄÄÄÄž˛Ş˛˛Ş˛Ş˛˛Şš0J0J5CJ\mHnHu0J5CJ\j0J5CJU\ 5CJ\ jU\h5h 5\hB*OJQJ^Jhph˙h5OJQJ\^Jh CJOJQJOJQJ^Jh;~€Ś§¨ŞĺćŘŮî ď op Ą67™ýý÷÷÷ő÷÷÷ë÷÷÷á÷áááááá÷÷÷÷÷ $„Ä1$`„Äa$ $„Đ1$`„Đa$$1$a$ #„#†#ţţţ™š Žřů !˛łśˇ×ŘtuÉĘŹ­ůůůďďďůććććććććÜÜÜÜÜůÜ×××$a$ $„Ä1$`„Äa$$„Đ`„Đa$ $„Đ1$^„Đa$$1$a$­=!>!™!š! # # #######9#:#E#F#G#R#S#‚#őďęčßččččččččÚčŃĎčĆżś$„h]„ha$„ř˙„&`„Ň„ľţ& #$„ü˙„&`#$$a$$„Đ`„Đa$$a$$1$a$ $„Ä1$`„Äa$S#‚#†#‡#řô\h5CJ\aJ‚#ƒ#„#…#†#‡#ýýýýô$„Đ`„Đa$0&P 1h°‚. °ĆA!°Ľ"°Ľ#Š$Š%°°Ĺ°Ĺ Ä i0@ń˙0 Normal_HmH sH tH J`J Título 1$$1$@&a$5CJOJQJ\hFA@ň˙ĄF Fuente de párrafo predeter.VB@ňV Texto independiente $1$a$5OJQJ\^J0)@˘0 Número de páginaB @B  Pie de página  Ćœ8!CJaJ4@"4 Encabezado  Ćœ8!DţO2D Texto de globoCJOJQJ^JaJ‡˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙‡4˙˙˙˙~€Ś§¨ŞĺćŘŮîď  o p   Ą 67™š Žřů !˛łśˇ×ŘtuÉĘŹ­=>™š 9:EFGRS‚ˆ˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€š@0€€š@0€€š@0€€š@0€€š@0€€š@0€€˜@0€€˜@0€€ 0 0=yyy|S#‡#™­‚#‡#†#079=DF|!t˙•€!t˙•€đlđđ,bđ$œ‹FŐ(0ęľôˆ>!v˙ l˙˙˙˙‘@ń˙˙˙€€€÷đ’đđ0đ( đ đđB đS đżË˙ ?đ‡S^ˇÂ‘œ      ]yƒ„ˆ#ˇ×      8ƒ„ˆ˙˙Servicio de RectoradowC:\WINDOWS\Application Data\Microsoft\Word\Guardado con Autorrecuperación de Normativa Contratación Urgentes 7-4-06.asdServicio de RectoradoQC:\WINDOWS\Escritorio\Manual de normas\Normativa Contratación Urgentes 7-4-06.doco ľˆ}M˙@€€€X˘d€€@„Ŕ{‡`@˙˙Unknown˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙G‡:˙Times New Roman5€Symbol3& ‡:˙Arial3“Times5& ‡:˙Tahoma#1ˆđÄŠv"Ľ†v"Ľ†u"Ľ†}˜ 6Ô†:q𼊴´0dnZ 2ƒqđHX˙˙|NORMATIVA PARA LA CONTRATACION DE PROFESORADO EN LOS CASOS DE VACANTES ACCIDENTALES O DE NUEVAS TAREAS DOCENTES SOBREVENIDASJosé Miguel Fernández FernándezServicio de Rectoradoţ˙ ŕ…ŸňůOhŤ‘+'łŮ0˜ (4\ht„ ¤° Ě Ř ä đü ä}NORMATIVA PARA LA CONTRATACION DE PROFESORADO EN LOS CASOS DE VACANTES ACCIDENTALES O DE NUEVAS TAREAS DOCENTES SOBREVENIDASTORM José Miguel Fernández FernándezoséoséNormalgServicio de RectoradoFe2rvMicrosoft Word 9.0d@ŇIk@քĂOoĆ@HçOoĆ@HçOoĆ}˜ţ˙ ŐÍ՜.“—+,ůŽ0t hpŒ”œ¤ Ź´źÄ Ě UäUniversidad de León6 nü }NORMATIVA PARA LA CONTRATACION DE PROFESORADO EN LOS CASOS DE VACANTES ACCIDENTALES O DE NUEVAS TAREAS DOCENTES SOBREVENIDAS Título ţ˙˙˙ !"#$ţ˙˙˙&'()*+,ţ˙˙˙./01234ţ˙˙˙ý˙˙˙7ţ˙˙˙ţ˙˙˙ţ˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙Root Entry˙˙˙˙˙˙˙˙ ŔFŕŮöPoĆ9€1Table˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙VWordDocument˙˙˙˙˙˙˙˙24SummaryInformation(˙˙˙˙%DocumentSummaryInformation8˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙-CompObj˙˙˙˙kObjectPool˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙ŕŮöPoĆŕŮöPoĆ˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙ţ˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙ţ˙ ˙˙˙˙ ŔFDocumento Microsoft Word MSWordDocWord.Document.8ô9˛q