Gerente
D. Luis Javier Mediero Oslé
Competencias y atribuciones delegadas
a) En material de Personal
- Las competencias y funciones atribuidas al Rector en relaciºÚÁϲ»´òìÈ n con los funcionarios y personal laboral de AdministraciºÚÁϲ»´òìÈ n y Servicios de la ºÚÁϲ»´òìÈ, contenidas en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, la legislaciºÚÁϲ»´òìÈ n sobre funciºÚÁϲ»´òìÈ n pública y sobre el personal laboral, asà como en el Estatuto de la Universidad y disposiciones complementarias, concordantes y de desarrollo de las mismas.
- Se entenderán comprendidas en esta delegaciºÚÁϲ»´òìÈ n las actuaciones en materia de personal de AdministraciºÚÁϲ»´òìÈ n y Servicios que deban efectuarse tanto en relaciºÚÁϲ»´òìÈ n con otras Administraciones Públicas, como con los órganos de representaciºÚÁϲ»´òìÈ n del personal, asà como cualesquiera otros actos de contenido económico derivados de la relaciºÚÁϲ»´òìÈ n de servicio, incluyéndose la aprobaciºÚÁϲ»´òìÈ n de los expedientes de gasto y autorizaciones de pagos que le sean inherentes.
Se excluyen de la presente delegaciºÚÁϲ»´òìÈ n las siguientes competencias:
- Convocatorias para ingreso del personal de AdministraciºÚÁϲ»´òìÈ n y Servicios.
- Nombramientos de funcionarios y formalizaciºÚÁϲ»´òìÈ n de contratos laborales.
- ImposiciºÚÁϲ»´òìÈ n de sanciones por faltas graves o muy graves al personal de AdministraciºÚÁϲ»´òìÈ n y Servicios.
- En ningún caso podrán delegarse las atribuciones que se posean a su vez, por delegaciºÚÁϲ»´òìÈ n contenida en la presente ResoluciºÚÁϲ»´òìÈ n, ello sin perjuicio de las facultades del Gerente reconocidas a tÃtulo propio por el Estatuto de la Universidad o por el Convenio Colectivo aplicable a personal laboral de la ºÚÁϲ»´òìÈ, y que como tales serán susceptibles de delegaciºÚÁϲ»´òìÈ n.
b) En materia económica
Se delegan en el Gerente, bajo la direcciºÚÁϲ»´òìÈ n del Vicerrector de Profesorado, de acuerdo con lo dispuesto en el artÃculo 81 del Estatuto, las facultades económico-financieras siguientes:
- Las facultades de autorizaciºÚÁϲ»´òìÈ n de gastos y ordenaciºÚÁϲ»´òìÈ n de pagos inherentes a contratos cuya cuantÃa no supere los 15.000,00 EUROS, y se financien con cargo al Presupuesto de la Universidad, incluyéndose la firma de los contratos y la devoluciºÚÁϲ»´òìÈ n de las fianzas, con la excepciºÚÁϲ»´òìÈ n de las obras, cuyas facultades en esta materia se delegan en el Vicerrector de Profesorado.
- Las propuestas de gastos de cursos y congresos de cuantÃa inferior a 15.000,00 EUROS.
- Los actos de gestiºÚÁϲ»´òìÈ n del patrimonio universitario.
- Cualesquiera otra facultad económica o contable atribuida originariamente al Rector, tanto en materia de ingresos o gastos universitarios, como en las operaciones presupuestarias que sean precisas.
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InformaciºÚÁϲ»´òìÈ n de contacto
- Responsable de secretarÃa
- D. Óscar Vega González
- DirecciºÚÁϲ»´òìÈ n postal
- ºÚÁϲ»´òìÈ â€“ Gerencia
Edificio Rectorado
Avda. de la Facultad, 25
24004 LeºÚÁϲ»´òìÈ n - °Õ±ð±ôé´Ú´Ç²Ô´Ç
- 987 29 16 67
- BuzºÚÁϲ»´òìÈ n electrºÚÁϲ»´òìÈ nico
- gerencia@unileon.es
D. Luis Javier Mediero Oslé
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